miércoles, 1 de junio de 2016

La Jurisdicción del Estado

  Es la potestad, derivada de la soberanía del Estado, de aplicar el Derecho en el caso concreto, resolviendo de modo definitivo e irrevocable una controversia, que es ejercida en forma exclusiva por los tribunales de justicia integrados por jueces autónomos. 

  La jurisdicción marítima del estado es la facultad genérica de administrar justicia que poseen los jueces de esta materia, aplicada a conocer y sustanciar causas de naturaleza marítima.

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