Es la potestad, derivada de la soberanía del Estado, de aplicar el
Derecho en el caso concreto, resolviendo de modo definitivo e irrevocable una
controversia, que es ejercida en forma exclusiva por los tribunales de justicia
integrados por jueces autónomos.
La jurisdicción marítima
del estado es la facultad genérica de administrar justicia que poseen los
jueces de esta materia, aplicada a conocer y sustanciar causas de naturaleza
marítima.
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